El
Régimen Simplificado de Tributación (RST), es un régimen simplificado para el
cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, ya sean
estas personas jurídicas o físicas que cumplan con los requisitos
establecidos en el Decreto No. 265-19 con relación a su actividad
económica, su nivel de ingresos y sus volúmenes de compras.
Este régimen servirá para la determinación del Impuesto Sobre la Renta
(ISR) y el Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios
(ITBIS), basado en sus ingresos brutos o en sus compras.
Modalidades de RST
Modalidad RST de IngresosEn esta modalidad pueden aplicar las Personas Jurídicas con actividades económicas de servicios y producción de bienes, Personas Físicas con ingresos provenientes de servicios profesionales u oficios independientes y personas físicas o jurídicas del sector agropecuario, cuyos ingresos brutos anuales no superen los ocho millones setecientos mil pesos (RD$8,700,000.00).MÁS INFORMACIÓN
Modalidad RST de ComprasEn esta modalidad pueden aplicar las Personas Físicas o Jurídicas residentes en el país dedicadas a actividades de comercio de bienes, cuyas compras e importaciones totales no superen los cuarenta millones de pesos (RD$40,000,000.00).MÁS INFORMACIÓN
Ventajas de acogerse a RST
Formatos de envío de datos
No es necesario remitir los formatos de envío de datos establecidos por la DGII para el régimen ordinario.
Exención de pago de Impuesto a los Activos
Pagar los Impuesto a los Activos siempre que los mismos estén relacionados a su actividad económica.
Exento de pago de Anticipos
Pagar los Anticipos del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Pago automático del ISR
Disponen de pago automático en distintas cuotas para el ISR.
Requisitos y consideraciones
El RST entra en vigor a partir del ejercicio fiscal 2019.

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